En sus alegaciones, el Gobierno español considera que puede existir un conflicto de intereses con el árbitro designado por la firma británica, Stanimir Alexandrov, ya que también forma parte del tribunal en otra de las demandas presentadas contra España, informaron a Europa Press en fuentes conocedoras del proceso.
Eiser ya había acudido al Tribunal del Distrito Sur de Nueva York para presentar una petición de reconocimiento del laudo del Ciadi contra el Reino de España, que fue admitida a finales de junio. No obstante, España también recurrió este fallo y pidió su anulación.
El pasado mes de mayo, España registró este primer laudo arbitral de los procedimientos abiertos en el Ciadi, en el que se fallaba en contra de los recortes a las renovables acometidos en el país.No obstante, el fallo del tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial consideraba que no podía ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante" para otros casos. Además, tampoco cuestionaba la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014.
Así, el laudo estimaba parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias para las tres instalaciones termosolares de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014 y condenaba a España al pago de 128 millones de euros más intereses.España suma un total de 28 demandas ante este organismo por el recorte a las renovables, aunque ya se resolvió la primera de ellas con la sentencia favorable a Eiser. La última de ellas fue presentada por Portigon AG, el antiguo banco público alemán WestLB, poco después de conocerse la sentencia.
La anterior demanda ante el Ciadi contra España databa de agosto del año pasado, cuando las sociedades Cordoba Beheer, Cross Retail, Sevilla Beheer y Spanish Project Companies recurrieron el recorte aplicado a las renovables.
Hasta el fallo del Ciadi, solo se había resuelto uno de estos procesos internacionales, presentado por la firma Charanne and Construction Investment ante la Cámara de Comercio de Estocolmo (SCC). En este caso, en el que se abordó el recorte de 2010, los jueces dieron la razón a España