Los laudos internacionales contra España por el rector a las renovables llevan propina. Los 238 millones que el Ciadi y la Cámara de Comercio de Estocolmo han ordenado que España pague a fondos internacionales no han sido abonados porque España recurre a la Justicia al considerar que los tribunales ordinarios están de su parte. Eso tiene el riesgo de que aumenten los ya cuantiosos intereses que están fijando los jueces y que solo en los cuatro primeros casos suman 18,66 millones. Además, hay costas millonarias —bufetes, peritajes, árbitros...— que empiezan a caer en el saldo de España. La industria de los arbitrajes no es barata y tiene a su mejor cliente en España, y faltan unos 40 laudos por salir.
La pasada semana El Confidencial adelantaba el laudo del Ciadi del Banco Mundial contra Antin. Un fondo de inversión reclamaba 318 millones tras haberle comprado a ACS sus plantas termosolares de Granda en 2011. Antin invirtió 139,5 millones. El laudo desestimaba algunas de las reclamaciones de Antin. Por ejemplo, estima que cuando el Gobierno puso un impuesto del 7% a la generación eléctrica, limitó la vida útil de las plantas a 25 años en vez de 40 o el uso del gas con prima estaba en su derecho de regular el sector.
Sin embargo, cuando en 2014 recortó las primas a la generación renovable incumplió el Tratado de la Energía, un acuerdo internacional de los 90 ratificado por España. En su artículo 10, las partes del tratado se comprometen a "fomentar y crear condiciones estables, equitativas, favorables y transparentes para que los inversores de otras Partes Contratantes realicen inversiones en su territorio. Entre dichas condiciones se contará el compromiso de conceder en todo momento a las inversiones de los inversores de otras Partes Contratantes un trato justo y equitativo. Estas inversiones gozarán asimismo de una protección y seguridad completas y ninguna parte contratante perjudicará en modo alguno, mediante medidas exorbitantes o discriminatorias, la gestión, mantenimiento, uso, disfrute o liquidación de las mismas".
El laudo, de 215 páginas y al que ha tenido acceso este diario, explica que Antin se reunió con el Ministerio de Industria y con la CNE antes de invertir y que salieron convencidos de que, si bien la normativa "no estaba petrificada", no era previsible que afectase a la termosolar, que entonces empezaba en España y que no estaba señalada como responsable del galopante déficit de tarifa. Además, confiaban en el poder de lobby de ACS, la compañía de Florentino Pérez, para frenar un posible recorte a las renovables.
El laudo considera que la inversión de Antin no fue especulativa, "el precio pagado no fue inusualmente alto y el nivel de retorno esperado por Antin no estaba fuera de lo normal". Según la decisión, el fondo invirtió en España porque el país "deliberadamente ofreció un régimen económico favorable, estable y a largo plazo que permitía inversiones intensivas en capital que solo se pueden recuperar a largo plazo y cuya retirada es inconsistente con los objetivos y fines del Tratado de la Energía". Por todo, otorga 112 millones a Antin como compensación por frustrar "sus expectativas legítimas y razonables
El laudo incluye una parte muy dura contra las actuaciones del Gobierno. "El argumento de España de que los reales decretos están sujetos a cambios mientras las leyes son estables es irrelevante y falso" y añade que el recorte de primas fue "abrupto y sin precedentes". Además, considera que la nueva retribución que ofrece España a las plantas termolosares no da la "rentabilidad razonable" cifrada por el Ejecutivo en el 7,398%. Calcula que la rentabilidad después de impuestos es del 5,2%, "significativamente menor que el retorno que los productores tenían garantizado con el régimen original" y apenas por encima de la de los bonos del Tesoro. "La estabilidad", concluye el tribunal, "no puede existir en una situación de continuos cambios sin final". "España puede cambiar ese régimen bajo el Tratado de la Energía, pero esos cambios deben ser predecibles y en línea con las expectativas de los inversores".
La forma en la que el Gobierno del PP hizo el recorte en 2014 tampoco ayuda. Supuestamente, Industria encargó a dos consultoras, Roland Berger y Boston Consulting, dos informes sobre cómo hacerlo, pero siempre se negó a hacerlos públicos. Para el tribunal eso deja claro que el recorte dependió de los cálculos y análisis del Ejecutivo"
Tras el varapalo, llega la cuenta. El tribunal ordena indemnizar a Antin con 112 millones, pero le suma el 2,07% anual que pedía el fondo desde 2014. El cálculo de los intereses se hace de forma mensual, lo que beneficia a los reclamantes. Solo en este caso, esos intereses suman ya 9,65 millones. El interés de este laudo supera los de los anteriores Masdar, (lleva 4,2 millones al 1,6%), Novaenergía (1,4 millones al 1,5% de interés) y Eiser (3,4 millones al 1,5% desde 2016). "Los jueces han querido dar una lección a España", interpreta una fuente del sector. Aunque de forma velada, el tribunal considera que no merece un interés mayor desde que se emite el laudo porque eso supondría prejuzgar que España no va a cumplir sus obligaciones de ejecutar los laudos del Ciadi.
El texto del laudo es interesante para ver el negocio en el que se han convertido los arbitrajes. Las costas presentadas por Antin, defendida por el despacho Allen & Overy, son de 4,36 millones de libras (4,96 millones de euros). España es condenada a pagar el 60% de eso, lo que supone otros tres millones de euros. A eso hay que sumar los 2,4 millones de euros que España presentó al tribunal como costas de su defensa y que ya ha abonado. Hay quien observa que dado que Antin reclamaba 218 millones y el tribunal le ha dado 112 no ha sido tan mala inversión para España acudir a estos arbitrajes.
La suma no ha terminado. El tribunal fija los gastos del procedimiento para el Ciadi en 1,06 millones de dólares, de los que 700.000 dólares son para los tres árbitros. De ese total, España tiene que pagar el 60%. Es decir, solo el laudo de Antin tiene una propina de más de 15 millones de euros, que sigue creciendo.